Un juez ha obligado al Servicio Catalán de la Salud (CatSalut) a atender a una paciente con síndrome de fatiga crónica en una unidad especializada para este tipo de dolencias. La mujer, que padece uno de los llamados síndromes de sensibilización central (SSC) —fibromialgia, síndrome de fatiga crónica y sensibilidad química múltiple—, puso una demanda para ser atendida por un servicio especializado tras un periplo entre su hospital de referencia, el Sant Pau de Barcelona, y su centro de atención primaria (CAP) sin recibir tratamiento alguno. Pese a que su médico de familia la derivó a la Unidad de Fatiga Crónica del hospital, los especialistas del centro decidieron remitir de nuevo su seguimiento a su CAP. “La paciente se encuentra en tierra de nadie, pues no ha recibido tratamiento del especialista ni de su área básica de salud”, concluye el fallo.
La paciente es una de las 250.000 personas en Cataluña que padece uno o varios SSC. En concreto, ella está diagnosticada de síndrome de fatiga crónica (SFC) y sensibilidad química múltiple (SQM) y, desde 2004, tiene reconocida una incapacidad permanente en grado absoluto. El SFC provoca cansancio extremo y extenuante, que se acompaña de trastornos neurológicos, neuromusculares e inmunológicos, entre otros. La SQM, por su parte, genera intolerancia a agentes químicos presentes en el medioambiente que les causan vómitos, cefaleas, ansiedad y fatiga, entre otros.
Estas enfermedades son controvertidas entre la comunidad médica. Algunos facultativos defienden una causa neurológica e inmunológica, mientras otros las vinculan a trastornos de tipo psiquiátrico. En Cataluña, donde sólo había dos unidades especializadas —en el Clínic y Vall d’Hebron—, se creó en 2009 un protocolo para tratar estas dolencias y se instó la creación de 16 servicios especializados más (sólo hay cinco desplegados). En este caso, la paciente reclamante siempre había sido atendida en el hospital Clínic, pese a no ser su hospital de referencia.
Sin embargo, una reordenación de los servicios en 2014 obligó a redistribuir a los enfermos en su área de referencia, en este caso al Sant Pau. Ahí comenzó el peregrinaje de la paciente: en el CAP la derivaron a la unidad especializada del hospital; allí, le concertaron una cita de seguimiento para fibromialgia —dolencia que no sufre— y la remitieron de nuevo al médico de cabecera.
El protocolo de Salud, actualizado en 2015, fija que es el médico de primaria quien debe detectar casos potenciales y derivarlos al especialista y, una vez diagnosticados, corresponde al CAP hacer el seguimiento. El juez, sin embargo, no encuentra sentido en este caso a la derivación de los especialistas de nuevo a primaria. “No consta ninguno de los criterios médicos que llevan a tomar esta decisión, puesto que desde los mismos equipos del CAP estaban a la expectativa de las valoraciones”, alega la sentencia. Y añade: “Falló, o simplemente se omitió, la información clínica adecuada”.
El juez constata además una de las quejas más habituales de este colectivo. “Ha existido y existe una problemática relacionada con la continuidad que potencialmente ha de recibir la paciente de la atención especializada a la que tiene derecho”. Los pacientes denuncian que estas enfermedades precisan de grupos multidisciplinares que los monitoricen y alertan de que en los CAP no están formados para tratarlos. En este caso, la paciente, defendida por el Colectiu Ronda, volverá a ser tratada en el Clínic por orden judicial. El Servicio Catalán de Salud, por su parte, ha anunciado un nuevo plan de atención a los SSC.
Fuente: El País